8 de diciembre de 2024

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Instituto de Información y Comunicación Social

Una aproximación a la Asociación Nacional de Operadores de Radio y Televisión

Defendió los intereses y el bienestar de sus asociados a través del recreo, la cultura y ayuda mutua
Circuito CMQ

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El proceso de consolidación de los nuevos referentes de la radio y la televisión cubana como imaginario colectivo, configuró estrategias discursivas de urgencia artística en consonancia con un escenario de cambios socioculturales en un tiempo histórico signado por la demanda de un referente que estuviera en concordancia con los reclamos de la praxis identitaria cultural más apremiante.

Se propuso un diseño con el intento de conciliación entre lo simbólico y lo real, la ficción y el documental, lo local y lo universal, lo social y lo individual.

La mirada sobre estos códigos identitarios del imaginario social cubano, nos obligaron a repensar el uso de las imágenes televisivas y las sonoridades radiales en continuidad y ruptura desde los tiempos de la República para poder comprender las dinámicas sociales y políticas actuales, las cuales deben ser abordadas desde sus paradojas contextuales. Desde esa mirada, no puede olvidarse  la movilidad de las asociaciones radiales y televisivas de los tiempos republicanos.

La Asociación Nacional de Operadores de Radio y Televisión fue una de las instituciones más destacadas. Esta cumpliendo con todos los requisitos exigidos en el artículo 4 de la Ley de Asociaciones, y en cuyos fines estaba la Defensa Obrera estuvo amparada de manera legal para su constitución.

El acta de constitución de la asociación, se declaraba en la ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de noviembre de 1950, siendo las 10:30 p.m., se reunieron en la calle Lealtad número 660 los siguientes señores: Manuel Antonio López, José Ferreiro, Jesús Giraldo, Eduardo Caballero, Manuel Ramírez, Wilfredo Torra, Manuel del Cañal, Ricardo Iznaola, Roberto Pire, Manuel Fernández Morales, Mariano Suárez, Ángel F. Cuzán, Arístides Díaz Fernández, Joaquín Santana, Gustavo Pérez de Alejo, Jesús Pie, Luis Tavío, Francisco Vidalta, Florentino Borbolla, Héctor Sansón Rivero, José Antonio Coro, Adrián Villareos, Alberto Álvarez, Lázaro Domínguez, Rafael López, Elizardo Figueroa, Enrique Herrero, Gabriel Márquez Mercado, Guillermo Arruza, José D. Acosta y Jesús Gironella Fortuny, y se tomaron los siguientes acuerdos:

Primero: Dejar constituida y en pleno funcionamiento la Asociación Nacional de Operadores de Radio y Televisión.
Segundo: Aprobar el Reglamento para su aceptación en el Gobierno Provisional de La Habana el día diez y seis de noviembre de mil novecientos cincuenta.
Tercero: Nombrar la Junta Directiva que con carácter provisional regirá los destinos de la Asociación de acuerdo con el reglamento, quedando integrada la misma de la siguiente forma: Presidente, Gabriel Márquez Mercado; Vice-Presidente, Lázaro Domínguez Aguilera; Secretario de Actas; Dr. Guillermo Arruza; Vice-Secretario de Actas, Dr. José D. Acosta; Tesorero, Jesús Gironella Fortuny; Vice-Tesorero, Manuel Antonio López Díaz; Secretario de Propaganda, José Ferreiro Losada; Vice-Secretario de Propaganda, Wilfredo Torra Durán; Secretario de Trabajo, José Manuel Ramírez Romero; Vice-Secretario de Trabajo, Eduardo Caballero del Risco.

Se denominaba “Asociación Nacional de Operadores de Radio y Televisión” y tendría por objeto la defensa de los intereses de la clase y el bienestar moral y material de sus asociados, a través del recreo, la cultura y la ayuda mutua.

La asociación tendría su domicilio en la calle Lealtad No. 660, y el gobierno era en forma de Directiva, por el período de un año, la fecha de elecciones era en Diciembre, los recursos se estimaban en cuota y en caso de disolución: Maternidad y Beneficencia.

Para formar parte de la institución era indispensable pertenecer a la clase profesional de operadores de radio y televisión, lo que determinaría la Junta Directiva por los medios que estableciera.

Los asociados serían fundadores y de número. Eran considerados fundadores los constituyentes que figuraran como tales en el acta de constitución de la misma. Y eran analizados como de número los que solicitaran su inscripción o ingreso como asociados, una vez admitidos por la Junta Directiva.

La cuota social sería la de un peso mensual, moneda oficial, pago por mensualidades adelantadas. La falta de pago de dos mensualidades consecutivas produciría la baja del asociado con la pérdida de todos sus derechos.

Eran deberes de los asociados:
a)    Respetar y cumplir lo preceptuado en los estatutos y en la reglamentación de los mismos que se haría previa discusión y aprobación de todos y cada uno de sus artículos.
b)    Respetar y cumplir los cuerdos de las Junta General y directiva.
c)    Desempeñar las gestiones y comisiones que le fueren encomendadas.
d)    Abonar puntualmente la cuota social.
e)    Y todos aquellos deberes inherentes al que forma parte de una clase profesional organizada.
Eran derechos de los asociados:
a)    Exigir el exacto cumplimiento de lo preceptuado en los estatutos y su reglamentación y de cuantos acuerdos ponga en vigor la Junta Directiva y ratifique la Junta General.
b)    A solicitar y obtener de la Junta Directiva cuantos datos relacionados con la Asociación interesaba, previa solicitud por escrito.
c)    A concurrir a las Juntas Generales con voz y voto, siempre que se encuentre al corriente en el pago de la cuota social.
d)    A solicitar y obtener de la Junta Directiva la convocatoria a Junta General Extraordinaria siempre que la solicitud fuese hecha por lo menos por veinte asociados que se encontrarían al corriente en el pago de la cuota social.
e)    A ser electores y elegibles siempre que se encuentren al correspondiente en el pago de la cuota social.
Ningún asociado de la institución podría trabajar con operadores de radio y televisión no asociados. El gobierno de la asociación debía estar integrado por una Junta Directiva compuesta, por un Presidente y su vice, un Secretario de Actas y vice, un Tesorero y su vice, un Secretario de Propaganda y su vice, un Secretario de Trabajo y su vice.

La Junta Directiva se renovaba cada año en Junta General de Elecciones que se celebraría el primer lunes de diciembre, tomando posesión los que resultasen electos, el segundo lunes del propio mes.

Todos los miembros de la Junta Directiva, a excepción del Secretario de Actas, desempeñarían sus cargos gratuitamente, y sus funciones durarían todo el tiempo para el que fuesen elegidos, pudiendo ser electos en los mismos.

En caso de renuncia o muerte de algunos de los miembros de la Junta Directiva, ésta designaría libremente entre los asociados el sustituto. Se entendía que un miembro de la Junta Directiva renunciaba a su cargo cuando dejaba de asistir, sin causa justificada a tres Juntas Directivas Ordinarias consecutivas, estando excluidos de esta disposición los vocales natos.

Para ser miembro de la Junta Directiva eran requisitos indispensables: ser cubano por nacimiento, carecer de antecedentes penales por delitos comunes, ser mayor de edad, saber leer y escribir y ser asociado.

Los miembros de la Junta Directiva que faltaren a tres sesiones consecutivas sin justificación bastante, quedaban automáticamente separados de sus cargos.

Si por cualquier causa alguna de los miembros de la Junta Directiva se dejase de pertenecer a la misma o a la Asociación, se celebrarían elecciones parciales, para sustituirlo, en un período no mayor de 30 días.

La Junta Directiva celebraría sesiones semanales ordinarias los lunes a la hora que determinaran la mayoría de sus miembros y las Extraordinarias que se consideraran necesarias. Las sesiones se celebrarían en la primera y segunda convocatoria con la mitad más uno de sus miembros y media hora después, de la señalada para la primera con cualquier número de asistentes.

La asociación celebraría Juntas Generales Ordinarias cada tres meses con la mitad más uno de los asociados, en primera convocatoria, media hora después de la señalada para la primera, con cualquier número de asistentes y además las Extraordinarias que fueran solicitadas.

Los ingresos de la institución serían las de las cuotas sociales, el producto de  los actos que se organizaban las donaciones que recibiera y cuantos recursos se pondrían  por medios lícitos.

La institución no podría disolverse mientras tuviera veinte y cinco asociados y en caso de disolución todos sus bienes y pertenencias pasarían a ser propiedad de la Casa de Maternidad y Beneficencia.

Dentro de las medidas transitorias se encontraban que la Junta Directiva Provisional de la asociación convocaría dentro de los quince días siguientes a la aprobación de los Estatutos a una Junta General Extraordinaria, que podría ser declarada, de manera permanente para la redacción, discusión y aprobación del Reglamento correspondiente.

La Junta Directiva Provisional, una vez aprobado el Reglamento y de acuerdo con el mismo convocaría a elecciones para integrar la Junta Directiva definitiva.

En la reglamentación de los Estatutos se determinaría la forma y funciones de las delegaciones provinciales y de la representación de la institución en los centros de trabajo.

Bibliografía:
Asociación Nacional de Operadores de Radio y Televisión. Archivo Nacional de Cuba. Legajo: 160. Expediente: 2896.

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