27 de julio de 2024

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Editorial del Instituto Cubano de Radio y Televisión

Retos de la nueva creación audiovisual a debate

La puesta en vigor del Decreto Ley 373 abre nuevos escenarios para los realizadores de la Mayor de las Antillas

Con la presencia de Waldo Ramírez, director general de la Televisión cubana; Rafael Yaech, director de RTV Comercial, y Tania Delgado Fernández, vicepresidenta del Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos (Icaic), se celebró en el cine La Rampa el 32 Encuentro Nacional de la Asociación Cubana del Audiovisual (ACAV), que preside Ricardo Miranda.

Uno de los temas que motivó gran atención por parte de los presentes fue el nuevo Decreto Ley 373 del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente que, según explicó la abogada Delgado Fernández, entrará en vigor a partir del 24 de septiembre con la apertura de las oficinas del Registro y Atención a los Creadores y de la Comisión Fílmica. Estará ubicado en el octavo piso del Icaic –para los cineastas– y en una de las Oficinas de RTV Comercial, para los realizadores de televisión. Igualmente se abrirá una oficina de representación en cada provincia.

El nuevo Decreto Ley está amparado por 13 resoluciones del Instituto Cubano de Radio y Televisión (Icrt), el Icaic, el Banco Central de Cuba, así como de los Ministerios de Cultura, Finanzas y Precios y del Trabajo y Seguridad Social. Además, involucra a diferentes instituciones como los ministerios de Turismo, de Relaciones Internacionales y del Interior, las Fuerzas Armadas Revolucionarias y la Aduana General de la República.

Como bien se ha anunciado anteriormente, para proceder al registro se debe presentar al Comité de Admisión el título de graduado de una escuela de cine y hasta tres obras donde se avale que el realizador se desempeña en alguna categoría audiovisual: dirección, edición, fotografía, sonido y producción, a las que ahora se suma el guion.

Tania aclaró que la inscripción en el registro será válida por una década. En el caso de los recién egresados, estos tendrán hasta tres años para demostrar la validez de los conocimientos adquiridos en la universidad.

De manera voluntaria, tres creadores ya registrados podrán inscribirse como Colectivo de creación, con un nombre propio, luego de protocolizar ante notario un acuerdo de voluntades donde queden definidos los deberes y derechos de todos los integrantes de la productora audiovisual.

Una vez aprobada la solicitud de registro como control administrativo–proceso que puede demorar hasta tres meses– los creadores tendrán derecho a abrir una cuenta bancaria de trabajo auditable a nombre de una productora audiovisual y a título de un proyecto específico. De igual manera podrán contratarse y ser contratados. Tendrán la obligación de registrarse en la Oficina de Administración Tributaria (ONAT), como contribuyentes, y pagarán impuestos solo sobre los ingresos personales.

Con el nuevo Decreto Ley entran en vigor tres figuras de Trabajadores por Cuenta Propia: Operador y/o arrendador de equipos tecnológicos para la producción artística, –quienes tienen cámaras, grúas, dollys y otros equipamientos de sonido y luces–; el seleccionador de elenco o agente de casting y el auxiliar de producción. Estos trabajadores deberán presentar su solicitud en la Distribuidora Nacional de Películas del Icaic o en las direcciones provinciales de cultura de cada territorio. Está estipulado que reciban su carnet en un plazo de diez días hábiles.

En cuanto al Fondo de Fomento, la vicepresidenta del Icaic señaló que tiene como misión promover a Cuba como destino fílmico y apoyar la producción del séptimo arte en el país. Al menos una vez al año se abrirá la convocatoria a un concurso destinado a la realización de obras cinematográficas con más de 60 minutos de duración. El fondo se nutrirá, fundamentalmente, del presupuesto del Estado y con el mismo se puede apoyar desde la fase de desarrollo de un proyecto hasta la distribución de la obra terminada. Se incluirá una categoría especial de ópera prima.

Entre las funciones de la Oficina de Atención a los creadores figuran las siguientes: facilitar los permisos de filmación, autorizar la entrada y salida del país de equipos técnicos y la importación del equipamiento necesario para una producción audiovisual.

Waldo Ramírez, quien atiende la ACAV por el Icrt, esclareció que los radialistas también pueden inscribirse en el registro del organismo y que, aunque entre en vigor este nuevo Decreto Ley, no dejarán de realizarse las representaciones artísticas a través de la Empresa RTV Comercial y la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales.

Ante el interés suscitado por la audiencia, la vicepresidenta del Icaic prometió organizar un segundo encuentro más cercano a la fecha de apertura de las oficinas del Registro y Atención a los Creadores. Próximamente, en el sitio digital Cubacine, perteneciente al Icaic, se creará un espacio para aclarar todas las dudas que puedan surgir durante el proceso de implementación del Decreto Ley 373.

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