¿Conoce el artista los derechos que amparan su obra?
Si accede a la página web del Centro Nacional de Derecho de Autor (CENDA), podrá encontrar la amplia legislación dirigida a asegurar la protección jurídica de los creadores de obras literarias y artísticas, incluidas las científicas y educacionales.
También de los autores o realizadores de música, artes visuales, audiovisuales y escénicas, literatura, y creaciones asociadas a las nuevas tecnologías, es decir, producciones multimedias, bases de datos o programas de computación. Las normativas buscan estimular la creatividad y favorecer el desarrollo cultural y social de la nación. Pero, ¿conocen ellos a cabalidad los derechos —y deberes— relacionados con sus obras?
En opinión de Magda González Grau, presidenta de la Comisión de Cultura y Economía de la Unión Nacional de Escritores y Artistas de Cuba (UNEAC), los artistas “no tenemos suficiente cultura jurídica ni económica, y nos ufanamos de eso. Estamos solo para la creación y pensamos que la economía es algo muy pedestre, de lo cual no tenemos por qué ocuparnos, y es un error terrible.
“Incluso el sentimiento de frustración o de reclamo que tienen algunos se debe en gran parte a que no conocen que existen legislaciones que los protegen, y establecen derechos y deberes. De igual modo desconocen cómo se mueven los resortes económicos necesarios para que su obra se produzca.”
Magda, quien también se desempeña como realizadora de televisión, no es ajena al hecho de que la Ley 14, del Derecho de Autor, puesta en vigor en el año 1977, ya es, en parte, obsoleta.
“El país se mueve, ha pasado por crisis económicas, periodo especial; la sociedad ha ido cambiando. Treinta años atrás la gente era mucho más idealista, respondiendo a un proyecto social, y ahora es más pragmática, en respuesta a la crisis económica.”
Conoce que el CENDA estudia proyectos que sustituyan la actual Ley de Derecho de Autor, “pero ese proceso tomará su tiempo”.
Nuestro sistema social, apunta, siempre ha pensado -algo muy positivo- que de manera altruista el individuo con talentos ponga el fruto de estos a disposición de la sociedad, cosa que es excelente como filosofía; pero al llevarlo a la práctica no podemos permanecer en una urna de cristal, pues en el mundo las cosas funcionan de otra manera. Entonces hay que buscar un equilibrio entre esa utopía y la praxis, para dar un respaldo económico a una creación que efectivamente depende del talento artístico, y en eso se basa el derecho de autor.
Ejemplificó con el caso de los realizadores audiovisuales. “El artículo 20 de la Ley 14 dice que el director que realice su obra en el marco de un empleo no amerita remuneración por concepto de derecho de autor. En aquel momento todo el mundo estaba en una plantilla, de alguna manera, hicieras o no, tenías tu salario garantizado, y era un modo de organizar la economía muy diferente al de ahora”.
Actualmente, en el ICRT la gente cobra a destajo: si haces, ganas; si no haces, no recibes ninguna remuneración. Sin embargo, subraya, al director de televisión se le paga solo por sus servicios, aunque hay una ley que lo reconoce, junto al escritor y al músico, como autor.
Los otros dos cobran por derecho de autor porque son artistas independientes, pero el director, como hace la obra en el marco de un empleo que es la industria, no puede cobrarlo y la obra se le comercializa, se le retransmite, y no recibe un centavo por su explotación.
El propio artículo menciona que si hubiere remuneración adicional, sería autorizada en consulta con el Consejo de Ministros. Esta pudiera ser la alternativa para remunerar al director, puntualiza.
La miembro de la UNEAC señala otra problemática: existe una resolución que dispone que los autores cobrarán un por ciento de lo recaudado en la taquilla, también si sus obras se incluyen en un DVD y se comercializan; sin embargo, nada de eso se está llevando a cabo.
En la práctica, ante estos casos, el interesado contrata a un abogado e interpone una demanda, pero ese no es el camino. “La Comisión, de conjunto con el Ministerio de Cultura y el ICAIC, estamos trabajando muy en serio para acabar de resolver el problema”.
Y eso -en cuanto a los realizadores audiovisuales- lo resolverá una entidad de gestión en cuya creación está enfrascado el CENDA. Algo similar a la Asociación Cubana de Derecho de Autor Musical, institución que representa a los músicos y protege sus obras.
Hay que educar a los creadores en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus deberes, puntualiza Magda. “Los artistas transmiten valores. La gente se compenetra mucho con los actores porque actúan en una novela que le dice cosas escritas por un autor, dirigidas por un director, musicalizadas por un músico. Es decir, lo que llega al espectador es el resultado del talento, la creación y el trabajo de un grupo de personas que merecen ser remunerados por crear ese impacto en la sociedad y que se sientan estimulados a hacer más.”